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¡PILAS! Se vence el plazo para renovar su licencia de conducción

Se les recuerda a los conductores estar pendientes de la fecha de renovación de su licencia, ya que desde enero de 2022 entra en vigor el decreto Ley 09 del 10 de enero de 2012, distinguido como Ley Antitrámites. Para hacerlo, debe estar a paz y salvo en el SIMIT. Consulte los pasos.

“La renovación de la licencia de conducción es una exigencia para validar que el conductor cuente con actitudes de tránsito, valiéndose de medios tecnológicos sistematizados y digitalizados que cuenta con los parámetros y estándares internacionales para conducir un vehículo”, afirmó Carmen Ligia Valderrama, Ministra de transporte encargada.

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Esta ley, estableció que una licencia de conducción tendrá vigencia según la edad de los conductores: menores de 60 con vigencia de 10 años – entre 60 y 80 con vigencia de 5 años y mayores de 80 vigencia de 1 año, desde la fecha de expedición del documento. Para manejar servicio público rige por 3 años.

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Pantallazo del portal web del Ministerio de Transporte

La fecha de vencimiento de la licencia puede ser consultada en la página web del RUNT y/o también puede ser consultada por la parte trasera del documento. NOTA: Algunos no tienen fecha de caducidad impresa. Este trámite debe hacerse personalmente ante los organismos de tránsito de cada municipio. No requiere intermediarios.

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“Evitemos los inconvenientes y tengamos todos los documentos al día”, expresó el Director de Policía Nacional de Tránsito y Transporte, Juan Alberto Libreros.

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